La baja laboral por hernia discal suele oscilar entre 30 y 180 días, según la localización (cervical o lumbar), el tipo de tratamiento (conservador o quirúrgico) y las exigencias físicas del puesto. La hernia discal baja laboral se tramita como contingencia común salvo que exista nexo causal demostrado con la actividad profesional, en cuyo caso pasa a accidente de trabajo o enfermedad profesional. La duración baja hernia discal que maneja el INSS, según las tablas orientativas de duración estándar publicadas por la Seguridad Social, varía sustancialmente entre hernias cervicales tratadas con fisioterapia (30-60 días) y lumbares operadas mediante microdiscectomía (90-180 días). Este artículo desglosa plazos, prestaciones y los pasos exactos para tramitarla sin contratiempos.
Qué es una hernia discal y cuándo justifica la incapacidad temporal
La hernia discal aparece cuando el núcleo pulposo de un disco intervertebral se desplaza y comprime estructuras nerviosas. Las localizaciones más frecuentes son la lumbar (L4-L5 y L5-S1) y la cervical (C5-C6 y C6-C7). Genera dolor irradiado, pérdida de fuerza, parestesias y, en casos graves, déficit neurológico.
No toda hernia discal genera incapacidad temporal. El facultativo del Servicio Público de Salud emite el parte de baja cuando los síntomas impiden desarrollar las funciones del puesto. Un administrativo con hernia lumbar puede mantener actividad parcial; un albañil o un transportista no. El criterio clave es la incompatibilidad funcional entre la lesión y las tareas del contrato.
Las Sociedades Españolas de Reumatología y de Traumatología coinciden en que el 90% de las hernias discales responden a tratamiento conservador en las primeras seis semanas. Esto condiciona la duración estimada de la baja por parte del INSS.
Marco legal: derechos y prestación económica
La regulación se asienta en tres normas: el Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social), el Real Decreto 625/2014 sobre gestión de la incapacidad temporal y los artículos 4 y 20 del Estatuto de los Trabajadores.
La prestación económica funciona así:
- Días 1-3: sin retribución, salvo mejora del convenio colectivo.
- Días 4-20: 60% de la base reguladora. Los días 4-15 los abona la empresa; del 16 en adelante, el INSS o la mutua.
- Día 21 hasta el alta: 75% de la base reguladora.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: 75% desde el día siguiente a la baja.
La base reguladora se calcula sobre la base de cotización del mes anterior. Muchos convenios colectivos del sector construcción, sanitario o industrial mejoran estos porcentajes hasta el 100%. Conviene revisar el convenio aplicable antes de hacer cálculos. Si gestionas tus propias cotizaciones, en guías sobre contabilidad para autónomos hay material complementario sobre bases de cotización.
Duración estimada según localización y tratamiento
El INSS publica tablas de duración estándar orientativas que usan los inspectores médicos para evaluar si una baja se prolonga más de lo habitual. Para hernia discal:
| Tipo | Tratamiento conservador | Tratamiento quirúrgico |
|---|---|---|
| Hernia cervical | 30-60 días | 60-120 días |
| Hernia lumbar (trabajo ligero) | 30-90 días | 90-150 días |
| Hernia lumbar (trabajo pesado) | 60-120 días | 120-180 días |
| Recidiva quirúrgica | — | 150-365 días |
Estos plazos son orientativos. La duración real depende de la respuesta al tratamiento, las complicaciones (fibrosis postoperatoria, síndrome postlaminectomía) y la profesión. Un cirujano que opera de pie ocho horas necesita más recuperación que un teleoperador.
Tras 365 días, la baja entra en fase de prórroga extraordinaria. El INSS puede prorrogarla hasta 180 días más, citar al trabajador para evaluar una incapacidad permanente o dar el alta médica. La duración máxima total es de 545 días.
Contingencia común o profesional: implicaciones económicas
Determinar si la hernia es contingencia común o profesional cambia sustancialmente la prestación. La contingencia profesional exige demostrar:
- Que la lesión se produjo por un esfuerzo concreto en el trabajo (accidente de trabajo).
- O que el puesto figura en el cuadro de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006, donde se recogen las posturas forzadas y movimientos repetitivos que pueden causar patologías dorsolumbares.
Si la mutua rechaza la contingencia profesional y el trabajador discrepa, puede iniciar el procedimiento de determinación de contingencias ante el INSS (artículo 6 del RD 1430/2009). El plazo para resolver es de 15 días. Para comparar con otras patologías, resulta útil revisar las diferencias entre enfermedad común y enfermedad profesional.
Cómo tramitar la baja paso a paso
- Cita con el médico de atención primaria o con la mutua si sospechas origen laboral. Aporta pruebas diagnósticas (resonancia magnética, electromiografía).
- Emisión del parte de baja. El facultativo entrega dos copias: una para el trabajador y otra para la empresa.
- Entrega a la empresa en un plazo máximo de 3 días hábiles desde la fecha del parte (artículo 7 del RD 625/2014).
- Partes de confirmación. Se emiten cada 7 días los primeros 28 días, luego cada 14 días.
- Seguimiento por la mutua o inspección médica. Pueden citar al trabajador para revisión. La asistencia es obligatoria; faltar sin justificar puede provocar el alta de oficio. Aquí conviene saber qué esperar en una inspección médica durante la baja laboral.
- Alta médica. Cuando el facultativo considera recuperada la capacidad laboral. Si hay desacuerdo, se puede solicitar disconformidad ante el INSS en 4 días hábiles.
Mantener actualizada la documentación clínica (informes de neurocirugía, traumatología, fisioterapia) acelera cualquier revisión posterior. Para tratar de prevenir recaídas, plataformas como sintomasymas.online publican material divulgativo sobre dolor lumbar crónico.
Tratamientos y recuperación
El protocolo habitual sigue tres fases:
- Fase aguda (0-6 semanas): reposo relativo, AINEs, relajantes musculares, infiltraciones epidurales si procede.
- Fase subaguda (6-12 semanas): fisioterapia, ejercicio terapéutico, escuela de espalda.
- Fase crónica o quirúrgica: microdiscectomía, laminectomía, prótesis discal o artrodesis cuando hay déficit neurológico progresivo, síndrome de cola de caballo o fracaso del tratamiento conservador tras 12 semanas.
La microdiscectomía es la técnica más empleada y permite reincorporación laboral entre 60 y 120 días según la profesión. La artrodesis (fusión vertebral) alarga la recuperación hasta los 6 meses.
Disclaimer: la información de este artículo es orientativa y no sustituye el asesoramiento profesional de un médico, abogado laboralista o graduado social. Cada caso debe valorarse individualmente.
Preguntas frecuentes
¿Pueden despedirme estando de baja por hernia discal?
La empresa puede despedir durante la baja, pero el despido nulo es probable si se acredita que la causa real es la incapacidad. La Ley 15/2022 refuerza la protección frente al despido por enfermedad. Conviene revisar el caso del despido objetivo estando de baja.
¿Cuánto cobro estando de baja por hernia discal?
El 60% de la base reguladora del día 4 al 20, y el 75% desde el día 21. Si el convenio mejora estos porcentajes, se aplica la mejora. En caso de accidente laboral, el 75% desde el día siguiente a la baja.
¿Una hernia discal puede dar lugar a incapacidad permanente?
Sí. Si tras agotar los 545 días persisten limitaciones funcionales significativas, el INSS puede reconocer una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez según el grado de afectación y la profesión habitual.
¿Cuándo se considera la hernia discal accidente de trabajo?
Cuando se produce por un esfuerzo concreto identificable durante la jornada (cargar peso, movimiento brusco) o cuando el puesto figura en el cuadro del RD 1299/2006 con movimientos repetitivos o vibraciones. La mutua valora el nexo causal.
¿Puedo trabajar parcialmente durante la baja?
No durante una baja por incapacidad temporal ordinaria. Trabajar estando de baja supone causa de extinción de la prestación y posible sanción. Existe la figura de la incapacidad permanente compatible con trabajo, pero opera tras el alta.
El siguiente paso
Pide hoy a tu médico de cabecera una copia del informe diagnóstico (resonancia o TAC) y revisa tu convenio colectivo en el apartado de complementos por incapacidad temporal. Con esos dos documentos podrás calcular en 10 minutos qué cobrarás cada mes durante la baja y anticipar si necesitarás solicitar disconformidad o cambio de contingencia.


