La baja por depresión es una de las causas más frecuentes de incapacidad temporal en España. Si atraviesas un episodio depresivo y no puedes desempeñar tu trabajo, tienes derecho a solicitar una baja psicológica que proteja tu salud y tu puesto. La incapacidad temporal por depresión se tramita igual que cualquier otra baja médica, pero tiene particularidades que conviene conocer: desde la duración máxima hasta la prestación económica que recibirás. Este artículo recoge la legislación aplicable, los pasos para tramitarla, qué cobrarás y las dudas más habituales que surgen cuando un profesional de la salud mental certifica que no estás en condiciones de trabajar.
Qué es la baja laboral por depresión y quién puede solicitarla
La baja por depresión es una incapacidad temporal reconocida por el sistema público de salud cuando un trastorno depresivo impide al trabajador realizar sus funciones. Está regulada por la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), en sus artículos 169 a 176, que definen las situaciones de incapacidad temporal.
Puede solicitarla cualquier trabajador por cuenta ajena o autónomo que cumpla estos requisitos:
- Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social (o situación asimilada al alta).
- Tener un período mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años anteriores, si la baja se tramita como contingencia común (art. 172 LGSS).
- Contar con un diagnóstico médico que acredite el trastorno depresivo y su impacto funcional.
Si la depresión tiene origen laboral —por acoso, estrés crónico o condiciones de trabajo—, podría tramitarse como contingencia profesional, lo que elimina el requisito de cotización mínima y mejora la prestación económica desde el primer día.
Contingencia común o profesional: diferencias clave
La clasificación de la baja como contingencia común o profesional cambia radicalmente las condiciones económicas y los plazos. Esta distinción genera muchas dudas, así que conviene tenerla clara.
| Aspecto | Contingencia común | Contingencia profesional |
|---|---|---|
| Origen | Causas no laborales | Derivada del trabajo (estrés laboral, acoso, burnout) |
| Cotización previa | 180 días en los últimos 5 años | No se exige período mínimo |
| Prestación días 1-3 | 0 % (sin prestación) | 75 % de la base reguladora |
| Prestación días 4-15 | 60 % de la base reguladora | 75 % de la base reguladora |
| Prestación días 16-20 | 60 % de la base reguladora | 75 % de la base reguladora |
| Prestación desde día 21 | 75 % de la base reguladora | 75 % de la base reguladora |
| Pago días 4-15 | A cargo de la empresa | A cargo de la mutua/INSS |
Cuando la depresión tiene un componente laboral claro, merece la pena que tu médico de cabecera o el servicio de prevención de la empresa valoren si procede la calificación como enfermedad profesional o accidente de trabajo. Si necesitas más información sobre este supuesto, puedes consultar nuestra guía sobre baja por enfermedad profesional.
Ten en cuenta que muchas bajas psicológicas se tramitan inicialmente como contingencia común. Si crees que el origen es laboral, puedes solicitar el cambio de contingencia ante el INSS aportando informes médicos y pruebas del entorno de trabajo.
Cómo tramitar la baja por depresión paso a paso
El proceso para obtener una baja por depresión sigue el mismo circuito que cualquier incapacidad temporal, pero con matices propios de la patología psicológica.
- Acude a tu médico de atención primaria. Describe tus síntomas con honestidad: alteraciones del sueño, falta de concentración, anhedonia, pensamientos negativos. El médico valorará tu estado y, si lo considera procedente, emitirá el parte de baja. Si tus síntomas afectan también a tu descanso o bienestar general, contar con apoyo de un profesional de la psicología puede complementar el tratamiento médico.
- Entrega el parte de baja a tu empresa en un plazo máximo de 3 días desde su emisión (art. 7 del Real Decreto 625/2014). Actualmente, con la implantación del sistema INSS-Empresa (FIE), muchas comunicaciones se realizan de forma telemática.
- Seguimiento médico. Tu médico emitirá partes de confirmación periódicos. Para procesos de duración estimada inferior a 5 días, el parte de baja incluirá la fecha de revisión. Para procesos de entre 5 y 30 días naturales, el primer parte de confirmación se expedirá en un máximo de 7 días. Para procesos de entre 31 y 60 días, cada 14 días como máximo. Y para procesos de más de 61 días, cada 35 días.
- Derivación a especialista. El médico de cabecera puede derivarte a psiquiatría o a la unidad de salud mental del servicio público. Este paso refuerza el seguimiento clínico y puede ser determinante si el INSS revisa tu caso.
- Alta médica. Cuando tu psiquiatra o médico de familia considere que puedes reincorporarte, emitirá el parte de alta. Si no estás de acuerdo con el alta, tienes derecho a reclamar. Puedes consultar los detalles en nuestro artículo sobre alta médica sin estar recuperado.
Duración máxima y qué ocurre después
La incapacidad temporal por depresión tiene una duración máxima de 365 días, prorrogable por otros 180 días si el INSS estima que el trabajador puede recibir el alta por curación durante ese período adicional (art. 169.1 LGSS).
Agotado el plazo máximo de 545 días, el INSS examina el caso y puede:
- Emitir el alta médica por curación o mejoría.
- Iniciar un expediente de incapacidad permanente si la depresión se ha cronificado y limita de forma grave la capacidad laboral. En este escenario, el trabajador será evaluado por un tribunal médico.
- Demorar la calificación un máximo de 180 días más si necesita más valoración.
La duración media de una baja psicológica por depresión varía mucho según la gravedad. Un episodio depresivo leve puede resolverse en semanas, mientras que una depresión mayor con ideación suicida puede requerir meses de tratamiento. El código CIE que utilice tu médico influye en la duración estimada que establece el INSS en sus tablas orientativas.
Si tras el alta sufres una recaída por la misma patología, conviene que conozcas cómo funciona la recaída tras baja laboral, ya que puede afectar al cómputo de días y a la prestación.
Derechos del trabajador durante la baja por depresión
Durante la baja por depresión, tu contrato de trabajo queda suspendido, pero tus derechos siguen vigentes. El Estatuto de los Trabajadores (art. 45.1.c) establece la incapacidad temporal como causa de suspensión del contrato con reserva de puesto.
Esto significa que:
- No pueden despedirte por estar de baja. La Ley 15/2022 de igualdad de trato reforzó la protección contra el despido por enfermedad, calificándolo como nulo si se demuestra que la causa es la situación de incapacidad temporal.
- Se sigue cotizando a la Seguridad Social durante toda la baja.
- Mantienes el derecho a la asistencia sanitaria completa.
- Puedes recibir visitas del inspector médico del INSS o de la mutua. Colaborar con estas revisiones es obligatorio.
Un aspecto que genera preocupación: ¿puedes salir de casa durante una baja por depresión? Sí. No existe obligación legal de permanecer en el domicilio, salvo indicación médica expresa. De hecho, muchos tratamientos para la depresión incluyen actividad física moderada y socialización. Lo que no puedes hacer es realizar actividades incompatibles con tu situación de baja o que evidencien que puedes trabajar.
Para una visión completa de tus garantías, te recomendamos revisar los derechos del trabajador durante la baja laboral.
Preguntas frecuentes
¿Puede mi empresa despedirme por estar de baja por depresión?
No. Desde la entrada en vigor de la Ley 15/2022, el despido motivado por una situación de incapacidad temporal se considera discriminatorio y nulo. La empresa tendría que readmitirte y abonar los salarios dejados de percibir. Solo sería procedente un despido si existen causas objetivas totalmente ajenas a tu baja.
¿Cuánto se cobra durante una baja psicológica por depresión?
Si la baja es por contingencia común, no cobras nada los 3 primeros días; del día 4 al 20, el 60 % de tu base reguladora; y a partir del día 21, el 75 %. Algunos convenios colectivos mejoran estos porcentajes, complementando hasta el 100 % del salario. Revisa el tuyo o pregunta a tu departamento de recursos humanos.
¿Me pueden obligar a ir al psiquiatra de la mutua?
La mutua puede citarte para una revisión médica si gestiona la prestación. Tienes la obligación de acudir. Sin embargo, la mutua no puede emitir partes de baja ni alta por contingencia común: esa competencia es exclusiva del servicio público de salud y del INSS.
¿Puedo solicitar la baja por depresión si soy autónomo?
Sí. Los trabajadores autónomos tienen derecho a la incapacidad temporal por depresión siempre que estén al corriente de pago con la Seguridad Social y cumplan el período de cotización de 180 días. La prestación la gestiona la mutua colaboradora. Si quieres saber qué ocurre con la cuota de autónomo durante la baja, consulta nuestro artículo sobre autónomo de baja y cuota.
¿Cuánto puede durar como máximo una baja por depresión?
El límite general es de 365 días, ampliable a 545 días (365 + 180 de prórroga). Si agotado ese plazo no te has recuperado, el INSS valorará si procede una incapacidad permanente. La duración real depende de la evolución clínica y del seguimiento médico.
El siguiente paso
Si sospechas que tu estado emocional está afectando a tu rendimiento laboral, pide cita con tu médico de cabecera esta semana. Describe tus síntomas sin minimizarlos. Un diagnóstico temprano no solo facilita el acceso a la baja por depresión si la necesitas, sino que abre la puerta a un tratamiento que puede evitar que el cuadro se agrave. Lleva anotados los síntomas que experimentas, desde cuándo los tienes y cómo afectan a tu día a día: esa información ayudará al profesional a valorar tu situación con mayor precisión. Si además tu situación tiene un componente económico que te preocupa, gestionar tus finanzas personales durante la baja puede darte algo de tranquilidad adicional.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional cualificado. Ante cualquier duda sobre tu situación concreta, consulta con un abogado laboralista o acude directamente al INSS. Contenido elaborado por el equipo editorial de Piqture Group (piqture.cat).


